Martes, 12 de marzo de 2019/ PE/ Unión Europea.
http://europa.eu/rapid
La nueva legislación, aprobada con 589 votos a favor, 72 en contra y 9 abstenciones, incluye una lista de prácticas prohibidas, como el retaso en el pago de productos ya entregados, la cancelación unilateral tardía de un pedido o la modificación retroactiva del mismo, el rechazo del comprador a firmar un contrato con el proveedor o el uso incorrecto de información confidencial. El texto también prohíbe amenazar a los productores con dejar de consumir sus productos o retrasar los pagos si estos presentan alguna reclamación.
Además, desde ahora, los compradores no podrán solicitar a los agricultores compensaciones económicas en caso de deterioro o pérdida de los productos una vez entregados, a menos que ese deterioro se deba a una negligencia del proveedor o en caso de que queja de los consumidores.
Otras prácticas, como la devolución de los artículos no vendidos sin pagarlos, obligar a los agricultores a pagar por publicitar sus productos, cobrar a los proveedores por vender o catalogar sus productos, o la imposición de costes de descuento al proveedor también quedarán prohibidas, a no ser que exista un acuerdo previo al respecto entre productor y comprador.
Un procedimiento de reclamación más claro
Los productores podrán presentar reclamaciones en el país donde operan, incluso cuando las prácticas desleales se produzcan en otro Estado miembro de la UE. Las autoridades nacionales se encargarán de gestionar las quejas, llevar a cabo las investigaciones necesarias y garantizar soluciones.
Protección a pequeños y medianos productores
Las nuevas normas protegen a los productores con una facturación anual de menos de 350 millones de euros. Estos proveedores se repartirán en cinco sub-categorías en función de sus ingresos: hasta 2 millones de euros, hasta 10, hasta 50, hasta 150 y hasta 350. A menor facturación, mayor protección recibirán los agricultores.
Próximos pasos
Tras el visto bueno del Parlamento, el Consejo deberá ahora adoptar el texto formalmente. Una vez publicado en el Diario oficial de la UE, los Estados miembros tendrán 24 meses para transponerla a su legislación nacional. Las nuevas normas se aplicarán treinta meses después de la entrada en vigor de la directiva.