Entre otros, este nuevo Reglamento incluye la tulatromicina en el anexo III del Reglamento (CEE)nº 2377/90 con el fin de permitir la realización de estudios científicos.
Los LMR para la tulatromicina en porcino serán de 100 µg/ kg en piel y grasa, 3.000 µg/kg en hígado y 3.000 µg/kg en riñón. Estos LMR provisionales expirarán el 1 de julio de 2004.
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Será aplicable a partir del sexagésimo día siguiente al de su publicación.
Jueves, 31 d eoctubre de 2002/DOCE/Comisión Europea
http://europa.eu.int/eur-lex/es/dat/2002/l_297/l_29720021031es00030005.pdf